A través del Portal de Transparencia de Diabasa S. Coop. Can. puede acceder a toda la información pública de la empresa.

Este portal de transparencia se ha creado siguiendo las indicaciones del Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias y en cumplimiento con la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública del Gobierno de Canarias y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Diabasa S. Coop. Can. mantendrá actualizado este portal de transparencia para facilitar el acceso a la información sobre nuestra actividad.

Última actualización: Agosto 2024.

Institucional

Diabasa S. Coop. Canaria es una sociedad cooperativa de trabajo asociado, constituida por tiempo ilimitado y con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Canarias. 

  • Fecha de constitución: 16/03/2023.
  • Inscrita en el Libro III de Inscripciones de Sociedades Cooperativas del Registro de Comunidad Autónoma de Canarias, clave CAC, con el número 388, al Folio 88 y bajo el asiento nº 1, 2 y 3, quedando calificada como Cooperativa de Trabajo Asociado.
  • NIF: F44892065
  • Domicilio social: Camino del Laurel, 42. Barranco del Laurel. 35421. Fontanales. Moya.
  • Domicilio fiscal: Camino del Laurel, 42. Barranco del Laurel. 35421. Fontanales. Moya.

Información institucional descargable:

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Organizativa

Información organizativa descargable:

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Estructura orgánica: Objeto Social.
La cooperativa tendrá por objeto proporcionar a sus socios y socias puestos de trabajo, mediante su esfuerzo personal y directo, a tiempo parcial o completo, mediante la producción en común de bienes y servicios destinados a terceros.
 
Las actividades económicas que, para el cumplimiento de su objeto social, desarrollará esta sociedad cooperativa serán prioritariamente actividades, programas, acciones y proyectos promotores de I+D+i; servicios relacionados con las tecnologías de la información y actividades promotoras para la ciencia y la divulgación científica, entre otros (información ampliada en el descargable).
Estructura orgánica: Organigrama.
El órgano de administración de la cooperativa actúa, actualmente, bajo la fórmula de administrador único y recae en el socio Rubén González Martínez. Son socios de la misma: Rosa Morán Lineros, Miguel León Pérez y Andrei Sipos.

Miembros electos y personal de libre nombramiento

Rubén González Martínez

Síntesis

Desde 2023, es socio fundador y administrador único de Diabasa S. Coop. Can., donde desarrolla funciones como Investigador Científico y Director de Proyectos.

Previamente, desarrolló funciones de: Dirección de Proyectos, Investigación, Diseño, Desarrollo e Implementación de programas técnico-científicos en las áreas asociadas con la Teoría de la Información, Física, Teoría de Sistemas, Biosemiótica, Bioingeniería, Cibernética, Sinergética, Genómica, Metabolómica, Lógica y Dialéctica Natural, a través del empleo de herramientas computacionales de última generación (Biocore S. Coop., desde 2013; Silvestrina S. Coop. Mad., desde 2021).

Desde el año 2001 centra su actividad en el campo de la investigación científica a través de varios programas asociados a centros públicos, primero como becario y, posteriormente, como investigador contratado. A partir de 2007, ha dirigido y/o coordinado programas científico-técnicos en consorcio con los principales Organismos Públicos de Investigación (OPIs). Ha sido responsable de la Unidad de Biosistemas y Biocomputación del MNCN-CSIC donde ha participado en diversos proyectos de I+D+i y ha desarrollado una actividad como estadista para el diseño y proyección de infraestructuras científico-técnicas en consorcio y/o colaboración con las distintas escalas de administración del estado.

Información sobre miembros electos descargable:

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Retribuciones

El artículo 59, Retribución, de los Estatutos Sociales de la cooperativa estipula lo siguiente:
 
  1. El ejercicio de los cargos de los miembros del Consejo Rector o de la intervención podrá ser retribuido si así lo acuerda la Asamblea General.
  2. El importe de dichas retribuciones. que será en metálico, se fijará por la Asamblea General atendiendo al siguiente sistema de criterios:
    • Los criterios que se deberán seguir para fijar el importe mensual de la remuneración de dichos cargos serán: 1) La remuneración deberá guardar una proporción razonable con la importancia de la cooperativa, con la situación económica que tuviera en cada momento y, sobre todo, con las prestaciones efectivas realizadas por las personas miembro del consejo rector o de la intervención, en el desempeño de sus cargos. 2) El grado de compromiso y de dedicación al cargo. 3) Proporcionadas al volumen económico de la cooperativa. 4) Horas de dedicación efectiva a la gestión y al desarrollo de la cooperativa.
    • En cualquier caso, serán compensado por los gastos que les origine el desempeño de sus funciones.

Actualmente, el Administrador Único no percibe remuneración alguna por el desempeño de su cargo.

Información sobre retribuciones descargable:

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Servicios y procedimientos

Diabasa S. Coop. Can. no está obligada a cumplir con esta normativa recogida en el artículo 10.1 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Artículo 10. Entidades obligadas del sector privado.
  1. Estarán obligadas a disponer un Sistema interno de información en los términos previstos en esta ley:
    • Las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados cincuenta o más trabajadores.
    • Las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente a que se refieren las partes I.B y II del anexo de la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, deberán disponer de un Sistema interno de información que se regulará por su normativa específica con independencia del número de trabajadores con que cuenten. En estos casos, esta ley será de aplicación en lo no regulado por su normativa específica.
    • Se considerarán incluidas en el párrafo anterior las personas jurídicas que, pese a no tener su domicilio en territorio nacional, desarrollen en España actividades a través de sucursales o agentes o mediante prestación de servicios sin establecimiento permanente.
    • Los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.

Información sobre servicios y procedimientos descargable:

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Económico-Financiera

Cuentas anuales
Diabasa S. Coop. Can., pone a disposición sus Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2023.

Información económico-financiera descargable:

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Informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por los órganos de control externo

Según se especifica en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, Artículo 263. Auditor de cuentas:

  1. Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberán ser revisados por auditor de cuentas.
  2. Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
    • Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
    • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
    • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

Diabasa S. Coop. Can. no reúne ninguna de las circunstancias reflejadas en los apartados anteriores y por tanto no realiza auditoría de cuentas y de fiscalización por los órganos de control externo.

Contratos

Contratos formalizados con entidades públicas
Diabasa S. Coop. Can., no ha formalizado ningún contrato con entidades públicas, por lo que el porcentaje del volumen presupuestario de contratos adjudicados a la cooperativa, en relación al total del presupuesto, es del 0%.
De igual manera, no existen modificaciones a contratos formalizados.

Información sobre contratos con entidades públicas descargable:

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Relación de contratos resueltos con entidades públicas
Durante el ejercicio 2023, Diabasa S. Coop. Can., no ha realizado ningún desestimiento ni renuncia a contratos formalizados con entidades públicas.
Información trimestral de contratos menores con entidades públicas
Durante el ejercicio 2023, Diabasa S. Coop. Can., no ha sido adjudicataria de contratos menores con entidades públicas.

Convenios y enmiendas de gestión

Convenios con entidades públicas
Diabasa S. Coop. Can., no ha formalizado ningún convenio con entidades públicas durante 2023.
Del mismo modo, no existen modificaciones a convenios formalizados.

Información sobre convenios y enmiendas de gestión descargable:

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Ayudas y subvenciones

Relación de ayudas y subvenciones concedidas
Diabasa S. Coop. Can., ha sido beneficiaria, a través de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de la realización de inversiones en cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción. 3587 ORDEN de 21 de noviembre de 2022.
 
  • Objeto: regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por parte del Servicio Canario de Empleo destinadas a la financiación de inversiones en sociedades cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción (en adelante empresas de economía social), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Órgano que tramita: Servicio de Promoción de la Economía Social (Gobierno de Canarias).
  • Órgano que resuelve: Servicio Canario de Empleo.
  • Nº de expediente: 49/1/2023-110608500.
  • Importe concedido: 78.822,00€.

Información sobre ayudas y subvenciones descargable:

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Para cualquier consulta o reclamación puede dirigirse al Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias.